Súper Fin de Semana XXL: quiénes no trabajan el lunes 23 de diciembre en la Argentina

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Un feriado local el lunes 23 de diciembre va a posibilitar un súper fin de semana largo XXL a un determinado grupo de personas en la provincia de Buenos Aires, que ya pueden saber a quiénes les toca el descanso extendido.

Se trata de los vecinos de la localidad de Hipólito Vieytes, ubicada en el partido de Magdalena, cerca del cruce entre las rutas provinciales 20 y 36. El pueblo, de unos 300 habitantes, celebra su aniversario fundacional con un feriado local. Vieytes, nombrado por el conocido comerciante y militar porteño que fue un personaje importante en la Revolución de Mayo, es conocido por su antigua estación de ferrocarril, que se inauguró en 1892 y fue clausurada a fines de la década del 70. Otros puntos destacables del sitio son su parque central, el Club Atlético y Social Vieytes, la Capilla San Benito, la Delegación municipal y "tantas fachadas antiguas que rodean a la estación y que fueron grandes almacenes y tiendas", según cuentan desde la Municipalidad.

El feriado local en Hipólito Vieytes está contenido en la resolución 530/2024, publicada en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires. Esta normativa incluye el listado de los asuetos locales de diciembre en distintos puntos de la provincia, en el cual se puede encontrar el nombre de este pueblo. También indica que son "feriados optativos" para la industria, el comercio y restantes actividades. Esto quiere decir que queda a discreción del empleador si será un día de descanso o no.

La posibilidad de que exista un súper fin de semana largo para los habitantes de Vieytes estará circunscrita a la suerte. Es que entre el 23 de diciembre, cuando se celebra el feriado local, y el 25 de diciembre, en que se celebra la Navidad con una jornada de asueto, está el 24 de diciembre, la Nochebuena. Aunque esta fecha, que en 2025 cae en martes, es un día hábil, algunas empresas tienen la costumbre de dar el día libre a sus empleados. En estos casos, las personas podrán gozar de tres días de descanso consecutivos en los últimos días de diciembre.

Cómo se pagan los feriados trabajados

La ley 20.744, también conocida como la ley de Contrato de Trabajo, establece el régimen por el cual se pagan a los empleados que prestan sus servicios durante los días asueto. "En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical en cuanto a la prohibición del trabajo. En dichos días, los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aun cuando coincidan con domingo", detalla el artículo 181 de la normativa. Por lo tanto, se les debe pagar a los empleados lo mismo que un día laboral normal durante un feriado.

En tanto, quienes deban trabajar durante un asueto tendrán una remuneración diferencial. "Todo trabajador que preste servicios por estar afectado a las excepciones previstas en aquellas normas legales cobrará la suma que tenga asignada, más una cantidad igual", puntualiza la Ley de Contrato de Trabajo. En ese sentido, las personas que trabajen un feriado cobrarán el doble de lo que reciben por una jornada laboral.

El calendario completo de los feriados nacionales de 2025

Enero

  • Miércoles 1° de enero: Año Nuevo (feriado inamovible)

Marzo

  • Lunes 3 y martes 4 de marzo: Carnaval (feriado inamovible)
  • Lunes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible)

Abril

  • Miércoles 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible)
  • Jueves 17 de abril: Jueves Santo (día no laborable)
  • Viernes 18 de abril: Viernes Santo (feriado inamovible)

Mayo

  • Jueves 1° de mayo: Día del Trabajador (feriado inamovible)
  • Viernes 2 de mayo: día no laborable puente
  • Domingo 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible)

Junio

  • Lunes 16 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (se trasladaría del martes 17 de junio por ser un feriado trasladable)
  • Viernes 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano (feriado inamovible)

Julio

  • Miércoles 9 de julio: Día de la Independencia (feriado inamovible)

Agosto

  • Viernes 15 de agosto: día no laborable puente
  • Domingo 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (feriado trasladable)

Octubre

  • Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable)

Noviembre

  • Viernes 21 de noviembre: día no laborable puente.
  • Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (se trasladaría del jueves 20 de noviembre por ser un feriado trasladable).

Diciembre

  • Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible)
  • Jueves 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible)

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