Fue en Villa La Angostura: se conoció la sentencia a un camionero que causó un trágico choque con siete fallecidos

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SAN CARLOS DE BARILOCHE.– El camionero que causó un choque que provocó la muerte de siete personas en noviembre de 2023 cerca de Villa La Angostura fue condenado a 3 años de prisión condicional. Además, Daniel Osbel Curruhuinca fue inhabilitado para conducir todo tipo de automotores por el plazo de 5 años y 6 meses.

Si bien el fiscal Hernán Scordo había pedido una pena de 5 años y 6 meses de prisión efectiva más la inhabilitación especial para conducir por el mismo plazo, un tribunal colegiado consideró por unanimidad que la pena que le corresponde cumplir a Curruhinca es de 3 años de cumplimiento condicional.

"Tenemos que expedirnos con las limitaciones del sistema penal; valorar las circunstancias que agravan y cuales las atenúan. La pena está mesurada en la medida de la culpabilidad de las personas y en cuál es la finalidad de la pena para nuestro sistema penal, que es la reinserción de la persona condenada", indicaron los miembros del tribunal, integrado por Laura Barbé, Bibiana Ojeda e Ignacio Pombo.

El choque ocurrió el 11 de noviembre de 2023: el acusado manejaba un camión Scania (con batea de áridos) que, aproximadamente a las 9.30, impactó un minibús entre el kilómetro 2079 y 2080 de la ruta nacional 40, en el sector denominado "Puntilla del lago", en cercanías de Villa La Angostura. El camión circulaba en dirección a Bariloche, con el chofer como único ocupante, y el minibús lo hacía en sentido contrario, con 13 personas (12 pasajeros junto con el conductor).

En el accidente murieron seis turistas –dos argentinas, de 46 y 73 años; una española, de 28; una ciudadana china, de 60, y un hombre y una mujer mexicanos, de 33 y 30–, mientras que Alfredo Ezquerra, el chofer de la combi, falleció a los pocos días en la terapia intensiva del Sanatorio San Carlos.

Peritaje clave y condena

El peritaje accidentológico solicitado a la Policía de Neuquén por el fiscal Adrián De Lillo descartó fallas mecánicas. El informe permitió determinar que el camión invadió parte del carril por el que circulaba la combi en sentido contrario y esa maniobra generó la colisión. El Ministerio Público Fiscal sostuvo que el chofer del camión no respetó las señales de tránsito (doble línea amarilla) y realizó "una maniobra hacia su izquierda generando su ingresó al carril este de la ruta 40, invadiendo el espacio de circulación del minibús".

Según el resultado del peritaje, el camión Scania "finaliza con su frente de avance orientado hacia el norte, ya que debido al impacto se genera una maniobra tijera entre camión y batea". En tanto, la combi que llevaba a los turistas "desvía levemente su trayectoria hacia el sector de banquina este, se lateraliza y finalmente realiza un vuelco en tonel, alcanzando su posición final de reposo sobre el sector de la banquina mencionada y apoyada sobre su lateral derecho, quedando con su frente de avance orientado hacia el cardinal oeste".

A partir de la acusación fiscal, Curruhuinca fue condenado por el delito de homicidio culposo, producido por la conducción imprudente de un vehículo automotor, agravado por el número de víctimas fatales.

Si bien el fiscal había solicitado una pena mayor –Scordo indicó que el hecho destruyó familias, personas y vidas, y causó "un dolor que siempre permanecerá"–, los jueces entendieron que "en ese juego entre agravantes y atenuantes la pena justa era de 3 años de prisión de ejecución condicional", bajo el cumplimiento de las siguientes reglas de conductas: no cometer delitos, someterse al control de población judicializada, realizar un curso de manejo preventivo y un tratamiento psicoterapéutico.

Además de la obligación de fijar un domicilio estable, al chofer del camión se le impuso la inhabilitación especial para conducir todo tipo de automotores como lo solicitaron las partes acusadoras, por el plazo de 5 años y 6 meses. Por último, como medida de coerción, el tribunal extendió el plazo de salir del país y presentarse semanalmente en la comisaría, por tres meses.

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