
La clave para pasar de una visa temporal a otro estatus sin salir de Estados Unidos

03/16/2025 10:22 AM
El gobierno de Estados Unidos otorga diversos tipos de visa, las de no inmigrante se emiten a extranjeros que tienen la intención de permanecer el país de manera temporal, no permanente. Lo que pocos saben es que se puede pasar del permiso a otro estatus sin salir de EE.UU. con este formulario.
De una visa a otro estatus sin salir de EE.UU.: ¿Quiénes son elegibles?
El periodo de estadía en EE.UU. puede variar según la categoría del permiso, pero si el objetivo del viaje primario se modifica, es posible que el extranjero sea elegible para extender el estatus o que el mismo gobierno le exija cambiar a otro antes de que comience a ejercer legalmente ciertas actividades de trabajo.
Se puede solicitar extender o cambiar el estatus, si:
- El extranjero admitido legalmente en Estados Unidos como un no inmigrante;
- No cometió alguna acción que lo convertiría en inelegible para recibir un beneficio de inmigración;
- No hay otro factor que le requiera salir de EE.UU. antes de reingresar a base de una clasificación diferente.
El formulario clave para solicitar una extensión de estancia o cambiar de estatus en EE.UU.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis por sus siglas en inglés) indica que el formulario I-539, es el que se debe usar para solicitar una extensión de estadía o un cambio de estatus antes de que la autorización (visa) que se tiene caduque.
"Aún si a usted se le aprueba otro estatus en el futuro, se le requerirá presentar un formulario I-539 para 'cubrir' cualquier interrupción que pudiese ocurrir entre la fecha de vencimiento de su estatus actual y la validez del estado futuro", señala la agencia.
La solicitud se debe presentar ante el Uscis con un mínimo de 45 días antes de que caduque la estadía permitida o tan pronto se determine que es necesario modificar o extender el estatus.
Se puede excusar al peticionario por no presentar el formato antes de la fecha de vencimiento, si demuestra que:
- La demora fue debido a una circunstancia extraordinaria fuera de su control;
- La duración de la demora fue razonable;
- No ha incumplido con el estatus de alguna otra manera;
- Es aún un no inmigrante genuino; y
- No está en procedimientos de remoción.
Además, se debe tomar en cuenta que el pasaporte debe ser válido por el periodo de estadía completo que se solicitó en la nueva clasificación de no inmigrante.
Este formulario clave es utilizado por:
- Residentes de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CMNI, por sus siglas en inglés) que solicitan un estatus inicial.
- No inmigrantes con visa F (para los estudiantes académicos) y M (para los estudiantes vocacionales) que solicitan reinstalación; y
- Personas que desean obtener estatus de no inmigrante V o una extensión de estadía en la misma categoría. Este tipo de visa permite que las familias permanezcan juntas.
¿Qué pasa si mi permiso de estadía caducó y quiero cambiar de estatus?
La agencia también indica que si el estatus caducó antes de que se presentara el formulario I-539, o de otra manera se incumplió con los términos del permiso, con acciones como trabajar sin una autorización, el extranjero pierde el estado primario.
También es importante tomar en cuenta que permanecer más tiempo del que se concedió puede afectar negativamente en la capacidad para obtener otros beneficios o regresar a Estados Unidos más adelante.
"Si pierde su estatus, le recomendamos que abandone Estados Unidos para limitar las posibles repercusiones", advierte el Uscis.
Los migrantes que no son elegibles para cambiar de estatus
Algunas categorías devisa de no inmigrante no son elegibles para extender o cambiar de estatus y otras solo lo pueden hacer con ciertas restricciones. Además, presentar una petición con el formulario equivocado podría resultar en el rechazo o denegación del caso.
No se debe presentar el formato I-539 para cualquiera de las siguientes clasificaciones:
- Comerciantes por Tratado Comercial principales E-1 y Empleados de los Comerciantes por Tratado Comercial E-1
- Inversionistas por Tratado Comercial Principales E-2 y Empleados de los Inversionistas por Tratado Comercial E-2
- Inversionistas Principales de CNMI E-2
- Profesionales Especializados Principales E-3 de Australia
- No Inmigrantes H-1B, H-1B1, H-2A, H-2B y H-3
- No Inmigrantes L-1
- No Inmigrantes O-1 y O-2
- No Inmigrantes P-1, P-2, P-3, P-1S, P-2S o P-3S
- No Inmigrantes Q-1
- No Inmigrantes R-1
- No Inmigrantes TN-1 y TN-2